En el nº 6 de CyCH analizábamos las principales novedades introducidas por el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Se trataba de modificaciones de indudable calado, inspiradas en la doctrina de la llamada flexiseguridad.
Ya informábamos entonces de que el mismo texto que, aduciendo razones de urgencia, el Gobierno promulgaba como Real Decreto Ley, se remitió al parlamento simultáneamente como proyecto de ley, lo que ha permitido la introducción de enmiendas.
Finalmente, ha visto la luz la Ley 3/2012, de 6 de julio, que consagra el texto definitivo de esa reforma laboral y que es el actualmente en vigor.
EXTINCIÓN POR CAUSAS ECONÓMICAS
Entre las principales diferencias respecto a la regulación contenida en el Decreto, hay que destacar la que hace referencia a los requisitos que ha de reunir la situación económica de la empresa para poder acogerse a la extinción de contratos por causas objetivas.