26 mar 2012

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA LABORAL 2012

CyCH-Conocimiento y Capital Humano, nº 6, 1er. trimestre 2012.

El Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, que se declara inspirado por la doctrina de la flexiseguridad, ha introducido novedades de importante calado en la regulación laboral de nuestro país. Vamos a sintetizar aquellas medidas sustantivas cuyo conocimiento creemos que puede revestir mayor interés para las empresas, prescindiendo por tanto de las modificaciones en la legislación procesal o de las previsiones que afectan a las administraciones públicas.

CONTRATACIÓN

Se crea un nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores, aplicable para empresas de menos de 50 trabajadores (la mayor parte del tejido productivo español, el 99’23 % de las empresas según el INE) cuando contraten a trabajadores en paro que hayan percibido al menos durante tres meses la prestación de desempleo. El nuevo contrato tiene un amplio período de prueba, de un año de duración. Este contrato es compatible con el cobro, por parte del trabajador, del 25 % de la prestación que le restase por percibir. El empresario obtendrá como deducción fiscal el equivalente al 50 % de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percepción, con un máximo de doce mensualidades, con la obligación de mantener el puesto de trabajo durante al menos tres años. Si es la primera contratación de la empresa y el trabajador es menor de 30 años, aquélla tendrá derecho a otra deducción de 3.000 euros.

Se reconoce también a estas empresas de menos de 50 trabajadores bonificaciones en las cuotas empresariales de Seguridad Social cuando contraten con carácter indefinido a jóvenes entre 16 y 30 años o a parados de larga duración (12 meses en los 18 anteriores) mayores de 45 años.