12 ene 2010

DERECHO DE DEFENSA Y GRABACIONES ILEGALES

Jurismadrid, 11.01.10.

Hablar de Estado de Derecho implica que quien actúa en contra de la ley vea sancionada su conducta, que no exista impunidad para quien se salta las normas que rigen nuestra convivencia. Pero también implica que esa condena no se produzca sino como resultado de un proceso justo, en el que la culpabilidad se vea confirmada con pruebas y en el que la persona acusada pueda ejercer plenamente su derecho de defensa.

Y para que esa defensa sea una realidad efectiva, nuestro ordenamiento prevé la intervención de un profesional del Derecho –el abogado- y dota de una serie de garantías a su actuación. Entre ellas, es básica la existencia del secreto profesional: el acusado debe poder comunicarse con su letrado en un marco de plena confianza y con la seguridad de que sus confidencias están protegidas.

Recordar esto a los ciudadanos es una necesaria labor didáctica, para concienciarles de que no existen atajos en la persecución de las conductas ilícitas y la determinación de responsabilidades, de que las garantías, las obligaciones y los derechos son para todos, de que esto hace más libre y más justa nuestra sociedad y no necesariamente menos eficaz en la persecución del delito… Pero, si es imprescindible hacerlo con los ciudadanos, tener que recordar conceptos tan elementales a los responsables políticos, a los jueces o a los abogados es algo que resulta cuando menos descorazonador.


Cuando leí en la prensa que se habían grabado conversaciones entre los imputados del caso Gürtel y sus letrados y las condiciones en las que se habían producido tales irregularidades, me sentí preocupado y escandalizado.

Acudí a la web del Consejo General de la Abogacía y me encontré un comunicado de 9 de octubre de 2009 donde este organismo denunciaba “la violación del derecho de defensa y del secreto profesional” como un “gravísimo atentado contra el Estado de Derecho” que “repugna al sentido común”.

Fui a continuación a la web de mi Colegio, el de Madrid, esperando igual firmeza en pro del derecho de defensa, pero no encontré ningún pronunciamiento. La respuesta del Colegio de Abogados madrileño se hizo esperar más de diez días, hasta la reunión de la Junta de Gobierno de 20 de octubre, pero, cuando por fin llegó, pensé que tal vez compensaba la tardanza con la contundencia: no se limitaba a denunciar sino que anunciaba actuaciones concretas, tales como otorgar amparo a los letrados objeto de las grabaciones ilegales, elevar protesta al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado, disponer la personación del Colegio en los procesos que se iniciaran y autorizar la presentación de una querella contra el juez responsable de semejante violación, Baltasar Garzón.

Desde entonces, ninguna noticia había vuelto a tener sobre el particular, hasta que algunos medios de comunicación han informado de la queja de los letrados afectados porque, más de dos meses después, no se ha presentado tal querella, a pesar de la gravedad de estos hechos, que pueden sentar un precedente inadmisible, ante el que la abogacía no puede permanecer pasiva.

Las conductas denunciadas en la trama Gürtel me parecen gravísimas. No tengo la menor simpatía personal ni política con los imputados. No conozco a ninguno de los abogados que llevan su defensa. De hecho, me alegraré si se consigue probar quienes son los responsables de tales actuaciones delictivas y celebraré que, en ese caso, resulten condenados conforme a Derecho. Pero todo ello en un juicio justo, con garantías y sin ilegalidades.

Como español de a pie y como profesional de la abogacía, me repugna que se hayan intervenido sin cobertura legal las comunicaciones de unos imputados con sus abogados. No me sorprende que no haya reacción de la sociedad, porque determinados conceptos, aun siendo claves para garantizar las libertades de todos y un sistema procesal justo, a veces no son comprendidas por el común de la ciudadanía y otras veces, aun comprendiéndolos, no se percibe su verdadera importancia. Pero me parece inadmisible que no exista una reacción inequívoca y activa por parte de los órganos que nos representan a los abogados. En este caso, además, no estarían defendiendo sólo intereses profesionales sino, sobre todo, el interés general.

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